
Este plan de pensiones es el mayor de toda España por número de partícipes, 530.000 trabajadores de la Administración, cifra que incluye a altos cargos, funcionarios de carrera e interinos y personal contratado. La única condición es que tengan una antigüedad de dos años. Para tener una idea de la magnitud de este fondo, basta indicar que a finales del pasado año no llegaba a 700.000 el número de españoles que contaban con un plan similar.

El 5 de abril de 2004, se publicó en el BOE el anuncio del concurso deadjudicación. En total, se presentaron siete ofertas lideradas por las principales entidades financieras: BBVA, La Caixa, Caja Madrid, Banco Popular, Banesto, Banco Sabadell y la Confederación Española de Cajas de Ahorro (CECA). El interés de los grandes bancos del país es más que comprensible, ya que los planes de pensiones de los funcionarios son los que cuentan con mayor patrimonio en todo el mundo. Así que el asunto olía claramente a negocio.

La versión de Sevilla
De acuerdo con la legislación sobre régimen jurídico de las administraciones y sobre contratos públicos, la adjudicación del plan de pensiones podría ser ilegal, ya que están obligados a abstenerse en el proceso de contratación quienes tengan intereses en las empresas adjudicatarias. Por tanto, los ocho miembros de CCOO y UGT en la Comisión Promotora no podrían haber participado en la decisión.
Sin embargo, el Ministerio de Administraciones Públicas mantiene que la adjudicación es “absolutamente legal”, ya que el contrato firmado “tiene naturaleza privada”. Es más, el portavoz del ministerio que dirige Jordi Sevilla consideró de “sentido común” que los sindicatos estén en el accionariado de la empresa adjudicataria, “ya que es una forma de controlar y defender los intereses de los trabajadores”. Una afirmación que, como sabe cualquier persona que tenga conocimientos mínimos sobre la economía de mercado, resulta incorrecta: el control de la gestión corresponde a los miembros del consejo de administración, mientras que los accionistas son los dueños de la empresa que se reparten los beneficios obtenidos. Para controlar la gestión, por tanto, no es necesario ser accionista.
En defensa de que el contrato no tiene naturaleza pública, el ministerio se apoya en un informe elaborado por la Abogacía del Estado. En dicho informe, que obra en poder de interviú, se concluye que la Comisión Promotora del plan de pensiones “no es un órgano de la Administración Pública”. En consecuencia, los contratos que firme dicha Comisión Promotora deben someterse a la normativa privada, en este caso la Ley Reguladora de los Planes y Fondos de Pensiones. El informe fue firmado por el anterior abogado general del Estado, Arturo García-Tizón, el pasado 31 de marzo.
Hay que destacar que, en el mismo informe de Tizón, se señala textualmente que los miembros de la Comisión Promotora “adoptaron voluntariamente la opción de someter la adjudicación del contrato a las previsiones de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (LCAP), como garantía de objetividad y transparencia del proceso”. El ministerio de Sevilla mantiene que esta decisión “se cumplió”, aunque parece claro que la LCAP prohíbe la autocontratación practicada por los sindicatos.
La adjudicación ha sido recurrida por dos organizaciones sindicales que la consideran ilegal. Un portavoz de CSIT-UP, que cuenta sobre todo con representación en Madrid, anunció el pasado mes de julio en el diario El Mundo su decisión de pedir que se anulase el contrato. Además, la Federación de Sindicatos de la Administración Pública ha presentado otro recurso en el mismo sentido. Esta federación, que ha logrado entrar a formar parte de la Mesa General de la Función Pública tras las últimas elecciones, ha enviado una carta al ministro Jordi Sevilla explicándole las supuestas irregularidades.
La mejor oferta
Miguel Ángel Crespo, representante de CCOO en la Comisión Promotora, defendió en declaraciones a esta revista la limpieza del proceso de adjudicación. Crespo admitió que, en el momento de elegir entre las ofertas, sabía que la ganadora estaba participada por su sindicato. Pero consideró que su actuación no había sido sólo legal, sino también ética: “La propuesta de Gestión de Previsión y Pensiones era con diferencia la mejor. Si hubiese votado a otra, estaría actuando en contra de los intereses de los trabajadores. Nuestra obligación era elegir a la gestora que reuniese las mejores condiciones, y las diferencias eran tan grandes que no existió ninguna duda. De hecho, la decisión se adoptó por unanimidad”. El dirigente de Comisiones aseguró que el sindicato no ha realizado ningún cálculo de los beneficios económicos que obtendrá, gracias al capital que tiene en la empresa que gestionará el plan de pensiones. “Pero supongo que beneficios sí habrá”, indicó. Aurelio Palomares, dirigente de UGT, también se declara muy satisfecho con el trabajo de la Comisión Promotora: “Hemos dado un ejemplo en todo el proceso de adjudicación. Los documentos, que se pueden consultar, muestran que se actuó con pulcritud”. Además, Palomares coincide con el Gobierno en destacar que el contrato no tiene naturaleza pública. Por su parte, un portavoz del BBVA recordó que la empresa adjudicataria es líder en el sector y destacó la “limpieza y transparencia” del concurso.
El Gobierno deberá decidir ahora si anula el proceso. Salvo intervención de la superioridad, Administraciones Públicas parece decidida a avalar la adjudicación. Una postura que sentaría un curioso precedente: la autocontratación, apoyada por los representantes del Gobierno y pagada con dinero público.
ARTICULO DE MANUEL RICO EN LA REVISTA INTERVIU SEPTIEMBRE DE 2004
Texto: Manuel Rico
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